Cualquier fabricante o importador de fuera de Europa, que quiera comercializar un producto eléctrico y/o electrónico en la Unión Europea debe cumplir con una serie de requisitos relacionados con la protección de la salud y la seguridad de las personas, y de los animales domésticos y de los bienes, para poner en el mercado ese tipo de productos.
En el caso de los productos eléctricos deben cumplir con los requisitos que exige la Directiva de baja tensión (“LVD: Low Voltage Directive”) 2014/35/UE y Real Decreto 187/2016 para poder colocar el marcado CE sobre el producto.
Dicha normativa se aplica a los siguientes productos eléctricos:
Para los equipos y aparatos electrónicos, además de los requisitos específicos que exige la Directiva LVD, deben cumplir también un nivel adecuado de compatibilidad electromagnética que está regulado por la Directiva 2014/30/UE y Real Decreto 186/2016.
Compatibilidad electromagnética= Capacidad de que un equipo a funcionar de forma satisfactoria en su entorno electromagnético sin introducir perturbaciones electromagnéticas intolerables para otros equipos en ese entorno
Luego el fabricante o importador de cualquier equipo y/o aparato electrónico está obligado a garantizar que estos han sido diseñados y fabricados de conformidad con los requisitos esenciales establecidos por la normativa de aplicación, para lo cual además deberán elaborar una la documentación técnica y llevarán a cabo el correspondiente procedimiento de evaluación de la conformidad.
CGS INGENIEROS asesorará y elaborará la documentación técnica que deben preparar los fabricantes para garantizar que los productos han sido diseñados y fabricados de conformidad con los requisitos esenciales de salud y seguridad establecidos en la normativa de Baja Tensión (LVD) y de Compatibilidad Electromagnética.