Marcado CE de Aparatos de Gas y Calderas

Comercializar aparatos que utilicen combustibles gaseosos en la Unión Europea exige certificar que cumplen con los requisitos esenciales de salud y seguridad. En CSG Ingeniería, gestionamos el expediente técnico y el procedimiento de evaluación para que tus equipos obtengan el Marcado CE y superen los controles ante Organismos Notificados de forma ágil.

¿Cuál es el marco legal obligatorio?

Los aparatos de gas ya no se rigen por la antigua Directiva 2009/142/CE (derogada), sino por la normativa europea actual:

  • Normativa Europea: Reglamento (UE) 2016/426 relativo a los aparatos que queman combustibles gaseosos.
  • Examen CE de Tipo: Procedimiento mediante el cual un Organismo Notificado evalúa y certifica que el diseño del prototipo cumple los requisitos esenciales de seguridad.

¿A qué productos aplica el Reglamento (UE) 2016/426?

La normativa aplica a todos los aparatos y equipamientos que queman combustibles gaseosos (como gas natural, GLP, propano o butano) destinados a cocción, calefacción, producción de agua caliente, refrigeración, iluminación o lavado.

Categoría de Uso Ejemplos de Productos Afectados Marcado CE Exigido
Cocción y Hostelería Barbacoas de gas, cocinas industriales, hornos, paelleros y freidoras. SÍ (Reglamento 2016/426)
Calefacción y ACS Calderas de gas, calentadores de agua, estufas, radiadores y quemadores. SÍ (Reglamento 2016/426)
Procesos Industriales Equipos destinados específicamente a procesos en locales industriales. Excluidos (Aplica Directiva Máquinas)

Pasos para conseguir el Marcado CE de un Aparato de Gas

El procedimiento de certificación requiere un control técnico exhaustivo antes de someter el equipo a las pruebas de laboratorio del Organismo Notificado:

  1. Análisis de Riesgos y Combustión: Evaluación del diseño para prevenir fugas de gas, acumulación de inquemados y riesgos de explosión o intoxicación por monóxido de carbono (CO).
  2. Elaboración del Expediente Técnico: Redacción de planos, esquemas de funcionamiento, manual de instrucciones y lista de normas armonizadas aplicadas.
  3. Gestión del Examen CE de Tipo (Módulo B): Tramitación ante el Organismo Notificado para someter el prototipo a las pruebas laboratoriales exigidas.
  4. Conformidad con el Tipo: Aplicación del módulo de producción correspondiente (Módulo C2, D, E o F) para garantizar que la fabricación en serie cumple con el modelo certificado.

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En CSG Ingeniería preparamos la documentación técnica completa y te acompañamos en las pruebas ante el Organismo Notificado para conseguir tu Marcado CE sin retrasos ni costes innecesarios.

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Preguntas Frecuentes sobre el Marcado CE de Aparatos de Gas

¿Sigue siendo válida la Directiva 2009/142/CE?

No. La Directiva 2009/142/CE fue derogada y sustituida por el Reglamento (UE) 2016/426. A diferencia de las directivas, los reglamentos europeos son de aplicación directa en todos los Estados miembros sin necesidad de transposición nacional.

¿Es siempre obligatoria la intervención de un Organismo Notificado?

Sí. Para los aparatos y equipamientos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) 2016/426, es obligatorio realizar el Examen CE de Tipo (Módulo B) con la intervención de un Organismo Notificado independiente, sumado a una fase de evaluación de la conformidad de la fabricación.

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